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El gobierno del presidente Gustavo Petro pidió a Fiscalía General de la Nación suspender de inmediato las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo.
Así se conoció este 8 de mayo mediante una resolución con fecha del pasado 29 de abril en la que el Ejecutivo “acepta un listado entregado por el grupo armado” para su tránsito a las Zonas de Ubicación Temporal.

De acuerdo con el documento, la decisión se da en el marco de las resoluciones 257 del 8 de julio de 2024 y 294 del 5 de septiembre de 2025, mediante las que “se autorizó la instalación de un espacio de conversación con el autodenominado Ejército Gaitanísta de Colombia como grupo armado organizado”.

El listado de suspensión de órdenes de captura incluye a 29 integrantes del Clan del Golfo para permitir su reubicación en dos puntos específicos del territorio nacional: Tierralta, en Córdoba y Belén de Bajirá, en el Chocó.
Dicho proceso, según el documento, tendrá lugar el próximo 25 de junio y “estará sujeto a las limitaciones en materia de localización, tiempo, finalidad y condiciones”.
Entre los nombres más destacados del listado está el de Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, de 49 años, alias Chiquito Malo y señalado jefe del Clan del Golfo, la mayor estructura criminal del país dedicada al tráfico de cocaína y al uso de armas de fuego.
De acuerdo con el Departamento de Justicia de Estados Unidos, su rol al frente del grupo armado ilegal se extiende desde octubre de 2021 hasta abril de 2026. Durante este periodo, el país norteamericano considera que operó como una estructura con “alcance transnacional”.
En la resolución emitida por el Gobierno, se indica que toda actividad de coordinación, pedagogía y preparación del ingreso deberá “estar exclusivamente relacionada con el proceso de paz y el cumplimiento del compromiso de reubicación”.

La resolución del Ejecutivo señala que, en el marco de la política de paz, el gobierno del presidente Gustavo Petro podrá tener dos procesos. En primer lugar, «negociaciones con grupos armados para adelantar diálogos de carácter político para pactar acuerdos de paz».
En segundo lugar, “acercamientos con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto con el fin de lograr su sometimiento a la justicia y desmantelamiento».
La resolución también recuerda que el Gobierno Nacional podrá acordar con voceros o miembros de las organizaciones armadas su ubicación temporal en determinadas zonas del territorio nacional y que «ha de considerarse que quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las que tienen fines de extradición».
Los miembros de la estructura armada a los que se le suspendería la orden de captura son: Tatiana Andrea Correa Jaramillo, José Francisco Peña Santana, Luis Enrique Martínez Cogollo, Carlos Andrés Méndez Paternidad, Ermy Daniel Velásquez Cuadrado, Fredy Ferney Anaya Mejía, Andrés Arrieta Cardona, Luis Antonio Mogrovejo, Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias “Chiquito Malo”,Orosman Orlando Osten Blanco,Elkin Casarrubia Posada,Wilmar Albeiro Mejía Úsuga,Luis Armando Pérez Castañeda,José Alberto Vega Alvarán,Deneil Enrique Acosta Ballesteros,Álvaro Padilla Medina,Julio César Sánchez,Ana Gisela Vásquez Jiménez,Jesús Betancur,Juan Pablo Marín Quiceno,Esneider Paul Torres Santero,Juan Carlos Hernández Díaz,Armando Morellys Socarrás Negrete,Jesús Arnovis Betancur Sepúlveda,Arturo Efraín Viera Almanza,Jesús Ramos Machado,Juan David Bahena Miranda,José Higinio Arroyo Ojeda y Jaime Antonio Morelo Fajardo.


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