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El Gobierno Nacional a través del Germán Ávila, ministro de Hacienda informó que puso en marcha un amplio paquete de medidas tributarias que regirá durante 2026, con el que busca asegurar recursos para atender el desfinanciado Presupuesto General de la Nación (PGN) en medio del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado a finales de 2025.
Con el decreto legislativo 1474, expedido al amparo del artículo 215 de la Constitución, fija nuevos impuestos, amplía bases gravables y eleva tarifas existentes, con un recaudo estimado cercano a 11,1 billones de pesos, aunque la necesidad de financiación estimada por el propio Ejecutivo es de unos $16,3 billones.
Según el Ministerio de Hacienda, las medidas son temporales, progresivas y focalizadas en contribuyentes con mayor capacidad de pago si afectar la clase media y mucho menos los pobres, así como en actividades que generan externalidades negativas en salud pública y medio ambiente.
Impuestos por decreto para 2026 afectan : patrimonio, banca, licores y juegos de azar abren pulso fiscal y jurídico por la emergencia económica
IVA a licores: del 5 al 19 % durante 2026
Uno de los ajustes más relevantes es el aumento del IVA a licores, vinos, aperitivos y similares, que pasarán a pagar la tarifa general del 19 por ciento durante 2026. Hasta ahora, estos productos tenían una tarifa diferencial del 5 por ciento y se estima que el mayor impacto lo sentirá el bolsillo de los hogares y consumidores, en general.
El decreto mantiene la cesión de cinco puntos porcentuales a los departamentos, como ocurre en la actualidad, pero el mayor recaudo irá al PGN para atender los gastos derivados de la emergencia.
El Gobierno argumenta que la tarifa reducida había quedado desalineada frente al resto del sistema del IVA y que el consumo de alcohol genera costos significativos en salud pública, por lo que resulta razonable un mayor gravamen.
Por primera vez, los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, incluso desde el exterior, quedarán gravados con IVA del 19 por ciento. Los afectados serán, principalmente los usuarios de plataformas digitales de este renglón en particular.
La base gravable será el ingreso bruto del juego (GGR), es decir, las apuestas menos los premios pagados. El Ejecutivo sustenta la medida en el rápido crecimiento del sector, que a junio de 2025 mostraba incrementos superiores al 20 por ciento anual, y en la necesidad de corregir una asimetría frente a los juegos presenciales, que ya pagan impuestos.
El decreto reduce el umbral de exención del IVA para importaciones bajo la modalidad de tráfico postal o envíos rápidos, conocidos como minimis.
Desde 2026, solo estarán exentas las importaciones cuyo valor no supere 50 dólares, frente a los 200 actuales. La medida busca cerrar un boquete fiscal que, según el Gobierno, se amplió con el auge del comercio electrónico internacional.
El impuesto al patrimonio se refuerza de manera significativa. El umbral de entrada baja de 72.000 UVT a 40.000 UVT, lo que amplía la base a más de 105.000 contribuyentes, equivalentes al 1,7 por ciento del total de declarantes. Así, quienes posean patrimonios desde alrededor de 1.900 millones de pesos, deberán pagar dicho impuesto al patrimonio el próximo año.
Las tarifas serán marginales y progresivas, con rangos que van desde 0,5 hasta 5 por ciento para patrimonios superiores a 2 millones de UVT. El impuesto se causará por la posesión del patrimonio al 1.° de enero de 2026.
El Ministro de Hacienda sostiene que la riqueza está más concentrada que el ingreso y que este tipo de tributos contribuye a reducir desigualdad y a fortalecer el recaudo en el corto plazo, por lo que los ricos y quienes tienen mayores ingresos deben pagar más impuestos de sus exorbitantes ganancias.
De acuerdo a lo contemplado en este decreto El sector financiero afrontará uno de los mayores impactos pues el gobierno considera que es el sector que mayores ganancias obtienen por sus servicios y altos costos en los créditos . Para 2026, la tarifa total del impuesto de renta para bancos y entidades financieras será del 50 por ciento, tras elevar la sobretasa de 5 a 15 puntos porcentuales sobre la tarifa general.
Desde el sistema financiero y Fasecolda se ha señalado que una tarifa de renta del 50 por ciento es atípica a nivel internacional y podría trasladarse a mayores costos para hogares y empresas vía incremento en el costo del crédito y comisiones.
El decreto ordena, además, un anticipo del ciento por ciento de esa sobretasa. El Gobierno defiende la medida señalando que la carga efectiva del sector sigue siendo inferior a la de otras actividades y que su capacidad contributiva permite un mayor esfuerzo fiscal.
Durante 2026, automóviles, motos de alto cilindraje, yates, barcos y aeronaves estarán gravados con el 19 por ciento de impuesto nacional al consumo. Se trata de bienes catalogados como de lujo, cuya tributación adicional no afecta derechos fundamentales, según el Ejecutivo.
El decreto también endurece el impuesto al consumo de licores, elevando tanto el componente específico como el ad valórem. En el caso del tabaco, se amplía el gravamen a derivados, sucedáneos e imitadores, incluidos los vapeadores.
Para cigarrillos, la tarifa específica será de 11.200 pesos por cajetilla, más un componente ad valórem del 10 por ciento. Para vapeadores y productos similares, el componente específico será de 2.000 pesos por mililitro, más un ad valórem del 30 por ciento.
El argumento central es la evidencia internacional que muestra que estos impuestos son costo-efectivos para reducir consumo y, al mismo tiempo, generar recaudo.
Estos dispositivos se han puesto de moda en las últimas décadas, especialmente entre la población menor de 30 años.
Se crea un impuesto especial del 1% sobre la extracción y exportación de petróleo crudo y carbón, aplicable en la primera venta o en la exportación.
El Gobierno justifica este tributo en las externalidades ambientales del sector y en su alta rentabilidad. No obstante, ajusta el tratamiento de las regalías para cumplir con la jurisprudencia de la Corte Constitucional, evitando cargas confiscatorias.
Finalmente, el decreto incluye una normalización tributaria temporal, con una tarifa del 19 por ciento para activos omitidos, pasivos inexistentes o patrimonios subvalorados.
También se establece una reducción transitoria de sanciones e intereses para obligaciones en mora con la Dian, siempre que se pague el total del capital antes del 31 de marzo de 2026.
En efecto, los contribuyentes en mora con la Dian tendrán una ventana de alivio: reducción de sanciones e intereses si pagan el total de la deuda antes del 31 de marzo de 2026.
Analistas reconocen que el decreto busca recaudo rápido en ausencia de una ley de financiamiento, pero alertan sobre los riesgos jurídicos y de sostenibilidad, dado su carácter temporal y el uso reiterado de la emergencia económica.
Ante este panorama gremios como la Andi han advertido que el aumento de la carga tributaria, en especial sobre el sector financiero y productivo, podría afectar la inversión, el crédito y el crecimiento económico en 2026. No obstante desde el gobierno se ha dicho que se requiere ese dinero antes de las elecciones.


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