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El Gobierno Nacional revivió impuestos suspendidos mediante el Decreto 0240 de 2026, buscando recursos para atender la emergencia climática en ocho departamentos.
Ante la insuficiencia de recursos para atender la crisis social y económica por la temporada de lluvias, el Gobierno Petro expidió el Decreto 0240, de este 12 de marzo, con el que revive un par de impuestos ya suspendidos por la Corte Constitucional.

Esta medida surge tras la declaratoria de emergencia en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, donde las lluvias afectaron viviendas, vías y servicios públicos.
El Gobierno justifica esta “resurrección” de impuestos señalando que el Presupuesto General de la Nación 2026 es insuficiente tras la reducción de $10 billones por parte del Congreso y la negación de leyes de financiamiento que buscaban recaudar $16,3 billones.

Aunque la Corte Constitucional suspendió previamente decretos similares (Decretos 1390 y 1474 de 2025), el Ejecutivo sostiene que “la adopción de medidas tributarias en una emergencia anterior, no impide que el Gobierno nacional las pueda utilizar nuevamente en una situación excepcional posterior, para enfrentar una crisis distinta”.
El decreto crea un nuevo Impuesto Nacional al Consumo del 16% para los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet.
También el decreto establece el impuesto complementario de normalización tributaria con una tarifa del 19%.
Este tributo recae sobre contribuyentes que tengan activos omitidos (no incluidos en declaraciones o subvalorados) o pasivos inexistentes al 1 de abril de 2026.
Quienes se acojan a esta medida no enfrentarán comparaciones patrimoniales ni renta líquida gravable, y lo más importante, “tampoco generará acción penal por la omisión de activos omitidos o pasivos inexistentes”.
La declaración y pago de este impuesto debe realizarse a más tardar el 31 de julio de 2026, sin posibilidad de corrección o extemporaneidad.
Por otro lado, el decreto amplía el impuesto al patrimonio a los establecimientos permanentes y sucursales de entidades extranjeras.
Para estos sujetos, el impuesto se causa el 31 de marzo de 2026 si poseen un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT, es decir, $10.474.800.000.
Como medida de choque fiscal, el decreto del Gobierno Petro autoriza a la Dian para reducir sanciones e intereses moratorios a quienes tengan obligaciones pendientes al 31 de diciembre de 2025. Los beneficios incluyen:
El Gobierno enfatiza que estos recursos se destinarán “exclusivamente a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para conjurar las causas del Estado de Emergencia”.


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