Gobierno Nacional expide decretos que establecen impuestos temporales al patrimonio.

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El paquete de cinco decretos contempla un tributo temporal, cambios en contratación estatal y medidas sobre tierras, alimentación escolar y energía para atender la emergencia en ocho departamentos.

El Gobierno nacional expidió cinco decretos (0173, 0174, 0175, 0176 y 0177 de 2026) como respuesta a la emergencia provocada por inundaciones y eventos climáticos extremos en distintas regiones del país.

Entre las decisiones está la creación de un impuesto temporal al patrimonio, dirigido a empresas con patrimonios iguales o superiores a 200.000 UVT (más de $10.474 millones a marzo de 2026). La tarifa será del 0,5%, con un incremento al 1,6% para sectores como el financiero y el extractivo. El pago se realizará en dos cuotas, durante abril y mayo.

“Los recursos se destinarán exclusivamente a atender la crisis”, se indica en el alcance de la medida.

Otro de los decretos establece la posibilidad de adquirir predios para reubicar a población afectada y reactivar la producción, declarando estas tierras de utilidad pública y permitiendo su saneamiento inmediato. Además, se habilita a la Agencia Nacional de Tierras para adelantar procesos de compra, registro y adjudicación en un solo trámite.

El paquete también incluye la autorización de contratación directa sin licitación pública, incluso en periodo electoral, así como la posibilidad de adicionar contratos sin el límite tradicional cuando estén relacionados con la emergencia.

En materia social, se garantiza la continuidad del Programa de Alimentación Escolar, con la opción de entregar raciones en casa si se suspenden las clases.

Finalmente, se fija un aporte adicional del 2% a generadoras de energía eléctrica y se ordenan ajustes en la operación de represas como parte de las acciones para enfrentar la crisis.

Redacciòn