La Corte Constitucional  avala pero condiciona Paz Total del gobierno Petro

Se cumplen 30 años de la creación de la Corte Constitucional | EL ESPECTADOR

El  alto tribunal entre otras advertencia declaró inconstitucional la excarcelación de personas condenadas y fijó parámetros para poder iniciar conversaciones con estructuras criminales y suspender órdenes de captura

Una de las principales banderas del presidente Gustavo Petro Urrego ha sido la llamada  política de “Paz Total”, que busca desarmar a las diferentes estructuras criminales que operan en el país a cambio de una serie de beneficios judiciales.

Firma de la ley de paz total

Para materializar esta propuesta, el Gobierno logró que el Congreso aprobara, en diciembre de 2022, una ley con reglas para que las autoridades entablen conversaciones con grupos ilegales, fijen los términos de su sometimiento a la justicia y, de ser necesario, suspendan órdenes de captura, entre otros aspectos.

La dura respuesta de José Jaima Uscátegui a David Racero

A las pocas semanas, el representante José Jaime Uscátegui Pastrana, del opositor Centro Democrático, demandó su legalidad ante la Corte Constitucional.

Hoy, casi un año más tarde, se conoce el dictamen del tribunal, que considera que la paz total no desconoce la Constitución y, por ende, puede continuar aplicándose. Sin embargo, encontró que algunas disposiciones daban un poder excesivo al presidente y eran inconstitucionales.

La “paz total” de Petro será ley: Cámara la aprobó en último debate

Luego de que se presentara una demanda en contra de la totalidad la Ley 2272 de 2022 (Ley de paz total) por vicios en su procedimiento de aprobación, la Corte Constitucional decidió que el debate de la norma se ajustó a las normas del trámite legislativo.

Sin embargo la Corte definió que la decisión final de la suspensión de órdenes de captura que permite la ley estará en manos de los jueces, y que el Gobierno deberá justificar cada una; que los voceros de paz no pueden ser personas que estén en la cárcel, por lo que deberán volver a la prisión algunos ya designados, como alias Gafas; una ley (y no el Gobierno) deberá definir cómo será el sometimiento de las organizaciones criminales que no tengan finalidad política; y las zonas de concentración y despeje solo se podrán dar una vez hayan avanzado los procesos de negociaciones.

Los magistrados también se pronunciaron sobre las potestades del presidente para fijar términos de sometimiento a la justicia, suspender órdenes de captura y elegir zonas de ubicación temporal para asentar a los criminales que estén interesados en cobijarse por la ley de paz total.

Las bandas criminales son la principal amenaza para la seguridad en Colombia

Todas estas atribuciones superaron el examen de constitucionalidad, pero fueron condicionadas debido al alto nivel de discrecionalidad que le otorgaban al primer mandatario. «Deben crearse parámetros previos —que aprobará el Congreso— para que se lleve a cabo un sometimiento de los criminales ante el sistema judicial; la suspensión de órdenes de captura tendrá lugar”   advirtió la  Corte cuando el Gobierno justifique la medida, incluyendo su temporalidad y el alcance territorial necesario de la misma lo que debe tramitarse ante un juez; y que la selección de zonas de ubicación temporal solo ocurrirá en una fase madura del proceso de sometimiento.

Redacciòn