La jueza 41 penal de Conocimiento de Bogotá, Laura Barrera, ordenó no precluir el caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por supuesta manipulación de falsos testigos.
Con esta decisión, la togada rechazó la solicitud planteada por el fiscal séptimo delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Cárdenas, quien indicaba que no existía prueba alguna para que Uribe estuviera vinculado al caso.
El argumento de la Fiscalía en favor de Uribe Vélez era que no existen pruebas de que el exsenador hubiera planeado y ordenado que los testigos fueran presionados o que se les ofreciera prebendas judiciales o dinero para que declararan en contra del senador Iván Cepeda.
De acuerdo con la juez, hay varias evidentes pruebas documentales y testimoniales que permiten inferir que Uribe Vélez le dio poder y órdenes al abogado Diego Cadena para que realizara visitas a diferentes cárceles del país. De hecho, afirmo que las llamadas entre el abogado Cadena y el exmandatario Vélez sí constituyen una prueba en el caso.de hecho que se indaga, en otras palabras, obrar con mayor acuciosidad”.
Según el despacho, el ente acusador dentro de su investigación, no tuvo varios elementos que debían ser revisados, es por eso, que el expresidente podría ser llamado a juicio por este evento, decisión que recae en la Fiscalía General de la Nación.
«Todo lo anterior le permite al despacho concluir que contrario a lo aseverado por el señor Fiscal sí existen elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que permiten afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva de soborno en actuación penal sí ocurrió y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe. Por lo tanto la Fiscalía no acreditó la atipicidad del comportamiento y por tanto el Despacho negará la solicitud de preclusión» dijo la juez.
La funcionaria judicial sin embargo aclaró que con esta decisión, no se está prejuzgando al exmandatario imputado y que «el debate se surte en el juicio, y esta funcionaria está impedida para conocer del mismo».
«En cuanto al delito de fraude procesal y a la valoración de los elementos que (lo) estructuran, se tiene que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema en auto del 3 de agosto de 2020, que el documento aportado por Monsalve no tenía la idoneidad para inducir en error al funcionario, pero dentro de este hecho jurídicamente relevante existen elementos materiales probatorios que crean la hipótesis plausible de la intención de engañar al alto tribunal», expuso la jueza.
Se conoció que la Fiscalía apelará el fallo de la juez lo que podría dilatar todavía más el proceso y pudiendo dar paso a tutelas. De igual forma, existe la posibilidad de que la Fiscalía pida la preclusión por tercera e incluso cuarta vez.
Debe estar conectado para enviar un comentario.