Corte Constitucional avala Ley de zonas libres de droga

 

La Corte Constitucional declaró exequible la Ley que prohíbe el porte y consumo de sustancias psicoactivas, incluyendo la dosis mínima, en parques y espacios educativos, deportivos, culturales y sus alrededores y cuyo autor es el ex senador  Rodrigo Lara Restrepo.

 

Se  trata  de  la Ley 2000 de 2019, norma que prohíbe el  consumo de drogas en parques, polideportivos y perímetros de colegios. Ley que no criminaliza. Ordena y logra cohabitación responsable en ciudades.

El mandato legislativo también permite regular el consumo en las zonas comunes de los conjuntos residenciales. La Ley 2000 de 2019, sancionada el 14 de noviembre de ese año, da a los alcaldes la competencia para establecer perímetros de parques, centros educativos y áreas de interés donde se prohíba el consumo y porte de sustancias psicoactivas.

La iniciativa, que es el principal instrumento para devolverle a la ciudadanía el espacio público y los lugares de esparcimiento en la ciudad.

 “Esta ley no busca penalizar el consumo, sino regularlo de manera que no se realice en lugares concurridos por niños. Responde al sentir de los colombianos, que querían que los parques, los entornos de los colegios y determinadas áreas del espacio público fueran zonas totalmente libres de drogas. Eso se puede hacer a través de una reglamentación clara y no mediante la criminalización del consumo de droga. Así logramos evitar que le estén metiendo droga a niños que aún no tienen capacidad de discernir”, aseguró Lara Restrepo.

En este sentido, los gobernadores y alcaldes deberán emitir un protocolo para esta situación. Asimismo, en tres meses, el Gobierno Nacional deberá regular los derechos de las niñas y los niños, los derechos de los consumidores y también las sanciones que podría conllevar el vulnerar estos principios consumiendo drogas psicoactivas y dosis mínima.

Redacciòn