El proyecto de Ley que buscaba prohibir las corridas de toros, las peleas de gallos y las corralejas se hundió tras la votación de la Comisión Quinta Permanente de Cámara de Representantes que aprobó la ponencia de archivo, con 11 votos contra.
La propuesta liderada por la congresista Andrea Padilla, del partido Alianza Verde no tuvo su trámite final en el legislativo en cuyo seno se argumentaron que la iniciativa presentaba problemas estructurales porque no contemplaba soluciones alternas laborales y reales para empresarios de la fiesta brava, toreros, ganaderos, criaderos gallísticos y las miles de familias que trabajan en el campo y que viven de algunas actividades alrededor de estos eventos y actividades económicas.
Por lo tanto no se prohibirán las corridas de toros, peleas de gallos y corralejas en Colombia. Estas prácticas populares se mantendrán vigentes en Colombia y ya no serán prohibidas por ley.
Desde el 2010 la Corte Constitucional ha dicho que las corridas o espectáculos con animales no se podrían sancionar por ser consideradas como una tradición en ciertas regiones del país.
En esa sentencia, la Corte fijó el precedente, diciendo que “las actividades de entretenimiento y de expresión cultural con animales” debían continuar sin sanciones siempre y cuando los animales recibieran “protección especial contra el sufrimiento y el dolor durante el transcurso de esas actividades”.
Sin embargo, dijo que había un vacío jurídico porque no existía una ley que regulara esas actividades en pro de la protección animal.
“Existe (…) un déficit normativo del deber de protección animal, porque el legislador privilegia desproporcionadamente las manifestaciones culturales tales como las corridas de toros, las corralejas, las becerradas, las novilladas, el rejoneo, las tientas y las riñas de gallos, las cuales implican un claro y contundente maltrato animal”, dice esa sentencia.
En esta ocasión tampoco resultó efectiva las alianzas mayoritarias de la coalición de gobierno por lo que el proyecto terminó finalmente hundiéndose.
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