Tras declararlo responsable del delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador y exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero, a las penas de 7 años y 11 meses de prisión efectiva en centro carcelario, multa de 7749,65 salarios mínimos e inhabilidad vitalicia para ocupar cargos públicos (art. 122 CP).
“Para la Sala, la valoración conjunta de los medios de prueba efectuada evidencia sin lugar a dudas los acuerdos a que llegó con comandantes de grupos de autodefensa, para recibir apoyo económico y en votos en las campañas que adelantó aspirando al Senado de la República y a la Gobernación del Departamento de Antioquia, a cambio de promoverlos durante el ejercicio de las funciones una vez elegido, como realmente ocurrió cuando se desempeñó como senador, hechos que tuvieron ejecución entre 2001 y 2007”, determinó la sentencia contra quien fuera uno de los políticos más influyentes de Antioquia y ex candidato presidencial.
El alto tribunal esclareció que el exsenador y exgobernador de Antioquia se concertó con las AUC, quienes financiaron sus campañas políticas y le brindaron votos, a cambio de que les ayudara a pasar desapercibidos de las autoridades y para que tuviera en cuenta sus peticiones en la construcción de la ley de Justicia y Paz. Además de la condena, Ramos queda inhabilitado para ejercer cualquier cargo público.
Después de 10 años de ires y venires judiciales, la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador y exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero, por haberse aliado con grupos paramilitares entre 2001 y 2007.
La sentencia que lo condena a pagar casi ocho años de prisión (95 meses) ya fue notificada al exfuncionario.
En el documento, la Sala Especial de Primera Instancia, con ponencia del magistrado Ariel Augusto Torres, detalló los pormenores de las andanzas ilegales del excongresista con los hermanos Vicente y Carlos Castaño y de la financiación que las Autodefensas Unidas de Colombia asumieron para sus campañas políticas.
Para la Corte Suprema, luego de estudiar un expediente que arrancó en febrero de 2011, es incontrovertible que el exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos Botero accedió a aliarse con varios comandantes de las AUC y terminó promocionando y perpetuando su actividad criminal. En palabras del alto tribunal, el también exsenador se asoció “con organizaciones paramilitares por varios años” y colocó la función pública al servicio de esos grupos ilegales, contribuyendo “con el creciente estado de violencia que se presentó en el departamento de Antioquia y en general de tipo estructural que continúa sumido el conglomerado local, regional y nacional, menoscabando el interés que el Estado busca salvaguardar”.
Pese a que la Procuraduría y la defensa del exgobernador Ramos pidieron su absolución y le reiteraron a la Corte que en el caso existían varios testigos que no podían ser tenidos en cuenta, pues habían cambiado sus testimonios, el alto tribunal no opinó lo mismo. “Los testigos no faltaron a la verdad”, señala la sentencia, pues todos, incluidos personajes polémicos como el Tuso Sierra (señalado de falso testigo en el caso Uribe) o Carlos Areiza, coincidieron en lo mismo: los señalamientos contra Ramos Botero “por sus coaliciones con las organizaciones al margen de la ley, grupos de los que hicieron parte los testigos, con el fin de promocionarlas y asirse de ellas para obtener sus fines electorales”.
La Corte señala que no hay lugar a dudas sobre “los acuerdos a que llegó el acusado (Ramos) con comandantes de grupos de autodefensas, para recibir apoyo económico y en votos en las campañas que adelantó aspirando al Senado y a la Gobernación de Antioquia, a cambio de promoverlos durante el ejercicio de las funciones una vez elegido, como realmente ocurrió cuando se desempeñó como senador, hechos que tuvieron ejecución entre 2001 y 2007″.
Además, el alto tribunal le reprochó a Ramos la forma en la que se alió con los paramilitares, a la luz de su trayectoria, logros profesionales y personales, actitud que calificó de soterrada, y le alegó no haber utilizado los medio que tenía para denunciar lo que estaba pasando.
Finalmente, la Sala Especial de Primera Instancia del máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria declaró que no procede la condena de ejecución condicional ni la prisión domiciliaria. Sin embargo, dispuso que Ramos Botero, quien anunció apelar la decisión siga gozando de su libertad hasta tanto quede en firme esta sentencia en su contra en sala plena con los 9 magistrados o sea absuelto.
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