A 30 años de la Constitución del 91 continúa el abusivo poder central del Estado

Este 4 de julio se cumplen 30 años de la Constitución colombiana, la asamblea nacional constituyente, también creó la corte constitucional, este órgano se ha encargado de garantizar el respeto a la Carta Política y la defensa de los derechos fundamentales de los colombianos.

Tres  décadas después de haberse promulgado la Constitución Política de Colombia, el 4 de julio de 1991, coinciden los analistas al señalar en las bondades que trajo al país la nueva Carta Magna para la consolidación de un Estado moderno y con amplias garantías políticas y sociales.

Sin duda el mayor logro de la Asamblea Nacional Constituyente fue la figura de la tutela y la creación de instituciones como la Fiscalía General de la Nación y la Corte Constitucional, pero hubo otros grandes cambios como la libertad de culto, los derechos fundamentales, la democracia participativa, la descentralización y la elección popular de gobernadores.

Hubo otras reformas revolucionarias como: el reconocimiento a las minorías, la equidad de género, la defensa del medio ambiente, unas reglas claras para la distribución de las regalías, la institución de la familia como núcleo de la sociedad, los estados de excepción, la doble nacionalidad, se fijó la mayoría de edad para los indígenas, entre otros.

Con la definición de Colombia como un Estado Social de Derecho, la Constitución consagró una serie de garantías ajustadas a acuerdos internacionales como el Derecho Internacional Humanitario, la  Declaración  Universal de los Derechos del Hombre y los Derechos Humanos.

Varios de ellos de aplicación inmediata como el derecho a la vida, a la integridad personal, a la igualdad, reconocimiento de personalidad jurídica; intimidad; libre desarrollo de la personalidad; libre expresión; derecho al buen nombre, a la libre circulación; el derecho de petición; al debido proceso; a no ser sometido a sanciones de destierro y los derechos políticos, entre otros, que junto con los derechos de los niños y a la salud son tutelables en el momento en que se sientan vulnerados.

En materia política, uno de los elementos que más endureció la Constitución fue el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los miembros de las asambleas, concejos, juntas administradoras locales y, ante todo, para los congresistas.

La Asamblea Constituyente que deliberó entre el 5 de febrero y el 4 de julio de 1991 fue el punto de llegada de un conjunto de acontecimientos que atropellaron la política colombiana de los años ochenta y principios de los noventa.

Entre ellos, se destaca el movimiento de la séptima papeleta permitió la convocatoria al pueblo.

Esta iniciativa fue vista con recelo por las autoridades electorales. Aunque la Registraduría se opuso a contabilizar las papeletas, alegando falta de tiempo, de formularios y de organización, la iniciativa obtuvo un copioso apoyo. La papeleta se contabilizó de manera extraoficial y abrió espacios para la convocatoria constituyente. La Corte Suprema de Justicia consideró esa votación como “un hecho político que traduce un verdadero mandato de igual naturaleza”.

La Constitución Política que nos guía desde 1991 acabó con la hegemonía que tenía la Iglesia Católica en Colombia y aunque la religión católica es profesada por la inmensa mayoría de  colombianos abrió la puerta para que cada ciudadano tenga la libertad de profesar otras creencias o religiones.

Igualmente, la Carta promulgada en 1991 dio libertad para la educación religiosa y dio paso a los efectos civiles del matrimonio católico por el divorcio. En la actualidad, se estima que se profesan en el país más de 2mil creencias religiosas, sectas y tendencias filosóficas-religiosas e “iglesias de garaje”.

Aunque se consagró la descentralización territoriales el  gobierno  central sigue  manejando a  su  antojo las  decisiones  e  inversiones en  obras  y programas sociales, direccionándolos de manera  odiosa y politiquera  los  grandes asuntos  en las  regiones.

El centralismo y manoseo del  gobierno  nacional en asuntos  de  las  regiones  y  los  pueblos,  es  evidente con un modelo de  planeación discriminatorio y perverso.

Redacciòn