Las elecciones estaban previstas para abril de este 2021, pero volvieron a suspenderse debido a la pandemia del COVID-19.
Mediante la Resolución 0337 del 12 de marzo de 2021, el Gobierno Nacional decidió suspender en todo el territorio las elecciones para determinar a los directivos y dignatarios de las Juntas de Acción Comunal (JAC). El motivo es la emergencia sanitaria que atraviesa el país y que el Ministerio de Salud extendió hasta el 1 de junio de 2021.
La determinación oficial, expresa que la suspensión se mantendrá hasta que supere la situación de emergencia sanitaria del coronavirus y fue emitida por el ministro del Interior, Daniel Palacios Martínez, derogando la anterior Resolución no 565 de mayo 26 de 2020.
El documento recuerda que a través de la Resolución 565 del 26 de mayo de 2020 el Gobierno había reprogramado las fechas de elección de directivos y dignatarios y luego a través de la Resolución 665 del 15 de junio de 2020 dispuso que los miembros de las JAC permanecerán en sus cargos hasta tanto de se elijan democráticamente y se posesionen quienes han de reemplazarlos.
La Resolución establece que el periodo de quienes resulten elegidos una vez se lleven a cabo las elecciones de directivos y dignatarios, será el previsto por el artículo 30 de la Ley 743 de 2002, es decir cuatro años.
Las Juntas de Acción Comunal (JAC) en Colombia han sido organizaciones cívicas, sociales y comunitarias de gestión social, sin ánimo de lucro, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un barrio, quienes buscan unirse, con fundamento en la democracia participativa, en aras de la solución de los problemas más relevantes de la misma y han sido muy valiosas en el trabajo articulado con los gobiernos locales, aunque en ciertas regiones no se ha escapado de la injerencia de los políticos.
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