¡Pilas señoras y señores! Si acostumbra a salir con sus amigos a sentarse en el anden a tomar «guaro» o fumarse unos «cachitos», tenga en cuenta que desde el Martes 1 de agosto, si la Policía lo encuentra en esa práctica, le pondrá una cuantiosa multa.
Así lo estableció el nuevo Código de Policía , que busca ordenar las conductas de los colombianos, incluyendo la ingesta de alcohol y otras sustancias en el espacio público.
Dice la norma que aquellas personas que consuman “sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas” en el “espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados trasciendan a lo público”, recibirán una multa tipo 2 ($196.725).
Lo mismo dice el artículo 145 en el numeral 7:
“Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en estadios, coliseos, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y en general, en el espacio público, excepto en actividades autorizadas por la autoridad competente”.
Además de la multa, dice el Código de Policía que se destruirá el bien y la persona deberá participar en un programa comunitario o actividad pedagógica en los Centros de Atención en Drogadicción (CAD).
Las autoridades policivas han señalado que la razón de la medida se debe a que “la ingesta de bebidas alcohólicas en el espacio público, por lo general, después de generar embriaguez causa una riña, luego viene el herido y en casos extremos, el muerto”.
Así que ojo, es mejor que se tome sus «frías» o «caucanos» en sitios establecidos o en su casa (eso sí no haga mucho ruido o le pondrán otra multa por escandaloso).

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