Consejo de Estado falla a favor de Santander de Quilichao por cuantiosa deuda de energía

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El Alcalde municipal  de  Santander de  Quilichao , Alvaro Mendoza Bermúdez, informó  al Concejo Municipal el fallo del Consejo de Estado que declara vigente la escritura pública No. 1572 de 1962, con la cual CEDELCA se obliga mediante cláusula a suministrar el servicio de alumbrado público de la ciudad de Santander y demás dependencias municipales y el servicio de energía permanente de Hospital Francisco de Paula Santander y de los establecimientos de educación municipales.

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Cabe recordar que La Compañía Energética de Occidente  CEO  a través de su gerente   Omar  Serrano  Rueda argumentaba que esta escritura no es vinculante con ellos y que el municipio debía asumir los de alumbrado público y servicio de energía a dependencias municipales, dinero que afectaría de manera drástica a las inversiones del municipio.

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Igualmente se  dio  a conocer el  fallo de tutela en contra del embargo de 3.000 millones que tenía la CEO sobre el municipio, el cual  también salió favorable para la administración  local , ahora el burgomaestre Mendoza Bermúdez deberá solicitar al Tribunal Segundo de Popayán, la suspensión de dicho embargo.

 

En Sentencia del dos de mayo de 2017, diez años exactamente después de que CEDELCA demandara al Municipio de Santander de Quilichao, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo del Cauca del 10 de mayo de 2007, y negó definitivamente las pretensiones CEDELCA según las cuales solicitaba que se declarara la nulidad absoluta del contrato contenido en la Escritura Pública 1.572 del 2 de octubre de 1962, porque supuestamente su cumplimiento había afectado el equilibrio económico y financiero de la electrificadora, y en consecuencia pedía el pago de $3.356’621.836 por el servicio de energía eléctrica prestado, perjuicios y la respectiva indemnización.

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En estas circunstancias, resuelto el recurso de apelación a favor de Santander de Quilichao, la Administración Municipal deberá proceder a la recuperación de las acciones que posee el Municipio en Cedelca, valoradas en más de 10.000 millones de pesos, rescatar los intereses causados, demandar las indemnizaciones correspondientes por los perjuicios de que fue objeto por la intrépida demanda que le presentó CEDELCA, y exigir la cancelación de la deuda que le trasladó la Compañía Energética de Occidente al Municipio por el incumplimiento del contrato contenido en la Escritura Pública 1.572 del 2 de octubre de 1962.

En resumidas cuentas, mejor dicho, señaló el Periódico PROCLAMA DEL CAUCA el Gobierno Nacional, cuando transformó a Cedelca y privatizó el negocio de compra-venta de energía eléctrica, después de 11 años de intervención que hizo sobre esta empresa y haber desconocido de hecho el compromiso contenido en la Escritura Pública 1.572 del 2 de octubre de 1962, deberá deshacer lo andado hasta hoy y trasladar a Cedelca la deuda que cobra la CEO.

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Será la sociedad Centrales Eléctricas del Cauca S.A. E.S.P.  la entidad que deberá cumplir con todo lo prescrito, como lo dispuso el Consejo de Estado, y cancelar a la CEO lo estipulado en la cláusula tercera de la Escritura Pública 1.572 del 2 de octubre de 1962: “el servicio de alumbrado público y energía eléctrica en el casco urbano de Santander de Quilichao, las dependencias municipales, el Hospital Francisco de Paula Santander y los establecimientos de educación municipal”.

Redacciòn