La arquitecta Yanny Bejarano Llanos secretaria de Planeación Municipal de Puerto Tejada explicó el motivo por el cual fueron retiradas varias vallas publicitarias de algunos candidatos a la Alcaldía.

En declaraciones a la emisora Oriente Steréro 103.5 la funcionaria señaló que “Las vallas de ciertos candidatos se han retirado de los lugares que la habían colocado debido a que ellos no tramitaron el respetivo permiso para la ubicación de las mismas, en estos momentos estas vallas se encuentran en un lugar determinado para ser devueltas a sus propietarios mediante un oficio pertinente,».

Bejarano Llanos, igualmente sostuvo que “Los trabajos que está realizando Edgar Ramírez Montero en la vía a Vuelta larga sin el permiso respectivo puede llegar a presentar algún accidente o percance, y por ende la responsabilidad caerá sobre la administración local”.

El retiro de las vallas publicitarias había originado las propuestas aireadas de los candidatos a la Alcaldía Delio Girón Murillo y Tobías Balanta Murillo quienes en un principio se mostraron contrariados, pero finalmente reconocieron que no tenía los permisos oficiales por parte de planeación.

El Ex Alcalde Tobía Balanta Murillo y candidato del partido de la U había manifestado ante el retiro de las vallas «Este tipo de prácticas hacen parte de la guerra sucia a la que nos negamos, mas por el principio de pulcritud que nos caracteriza, por lo que no entendemos como los recursos públicos son puestos al servicio de una campaña y de manera descarada se ensañan en contra de un proceso que lo único que pretende es devolverle a Puerto Tejada la confianza y la gobernabilidad»
El Consejo Nacional Electoral reglamentó mediante la Resolución No. 0059 de 2015 el uso de la Propaganda en espacios públicos.
Corresponde a los Alcaldes y los Registradores Municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para lafijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos,agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y a la preservación de la estética.
La norma electoral señala que también podrán, con los mismos fines, limitar el número de vallas, afiches y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda electoral.
Los Alcaldes señalarán los sitios públicos autorizados para fijar esta clase de propaganda, previa consulta con un comité integrado por representantes de los diferentes partidos, movimientos o grupos políticos que participen en la elección a fin de asegurar una equitativa distribución.

El CNE de igual manera advirtió en la norma que “Los partidos, movimientos o grupos políticos, no podrán utilizar bienes privados para desplegar este tipo de propaganda sin autorización del dueño del inmueble”.
Gloria Inés López Horduhy – Periódico La Última.



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